DERECHOS HUMANOS EN VENEZUELA
LOS DERECHOS HUMANOS Y LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Al hablar de Derechos Humanos, es
importante mencionar la lucha realizada
por el hombre a lo largo de su historia sobre la tierra. Como su nombre indica,
los Derechos Humanos son acciones y libertades que posee el hombre y que son
inalienables por ninguna otra autoridad que se imponga, de esta forma, el ser
humano puede vivir una vida plena y llena de satisfacción.
Respecto a la legislación venezolana, los
Derechos Humanos están consagrados en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela de 1999 con enmienda en el 2009 y se encuentran contenidos
en el Titulo III, Capítulo I denominado “De las Garantías y Deberes de los
Derechos Humanos” comprendido desde los artículos 19 al 135.
Es importante reseñar que lo más innovador de esta Constitución fue la
implementación sobre los Derechos a los pueblos indígenas en relación al reconocimiento
de su cultura, territorio e idioma; así como el incremento para todos los ciudadanos
en el ejercicio de derechos políticos, económicos, sociales, educativos, culturales,
de salud, del trabajo y ambientales entre otros; asimismo se resguardan las
libertades civiles relacionadas con la protección de la libertad de prensa y la
libertad de expresión, estableciendo que “es
libre y plural, que este derecho es universal y el Estado está obligado a
garantizarlo con el fin de permitir el acceso a la información”.
Igualmente, la Constitución establece las
libertades religiosas donde el Estado respeta la libertad de culto consagrando
a toda persona el derecho a profesar su fe religiosa manifestar su creencia en
privado o en público siempre que no se oponga a la moral, las buenas costumbres
y el orden público.
Otro derecho garantizado
en el marco de la participación política; es la aparición de los Referendos Revocatorios la creación de la Defensoría del Pueblo y el Poder
Ciudadano el cual se ejerce por el Consejo Moral Republicano
integrado por el Defensor(a) del Pueblo, el Fiscal(a) General y el Contralor(a)
de la República y son ejercidos a través de sus órganos por La Defensoría del Pueblo, el
Ministerio Publico y la Contraloría General de la República, hay que destacar que
la Defensoría del Pueblo, tiene a su cargo la promoción vigilancia y
defensa de los Derechos Humanos de los ciudadanos del País, que trae como
corolario la aparición de un nuevo cargo público a través del El Defensor del
Pueblo como la máxima autoridad de esta institución. Entre las funciones del
Defensor del Pueblo se destaca, en materia de investigación la denuncia y
acompañamiento que tenga vínculo con las violaciones de los Derechos Humanos, teniendo como atribución la vigilancia de los
intereses legítimos, colectivos y difusos de todos los ciudadanos, la promoción de la defensa y vigilancia de
los derechos y garantías constitucionales de los tratados y acuerdos
internacionales ratificados por la República sobre los Derechos Humanos.
De igual manera, entre sus competencias
tiene la actuación preventiva de acción y de reparación y la facultad de
investigar, emitir opiniones, recibir denuncias y prestar la colaboración a los
demás órganos del poder público si es necesario, ostentado la legitimación
procesal para demandar jurisdiccionalmente las violaciones que se contemplan en
sus competencias asumiendo la representación procesal de los intereses
legítimos de la defensa en los casos especialísimos de la violación de los
Derechos Humanos, pudiendo promover pruebas, realizar experticias,
reconstrucción de hechos, autopsias, estar presente en las audiencias de los
procesos penales ordinarios, militar, preliminares y de juicio entre otras sin menoscaban
las competencias del Ministerio Público.
Otra función de suma importancia que
corresponde a este funcionario radica en emitir su opinión a través de informes,
que serían vinculantes a los efectos de los Derechos Humanos vulnerados por
cuanto estas opiniones emitidas son consideradas con valor probatorio para los
otros órganos de la administración de justicia.
Otro punto importante a destacar son los mecanismos
de protección de los Derechos Humanos, tenemos entre otros; la acción de la tutela,
acción popular, acción de cumplimiento, el derecho constitucional particular,
constitucional general y constitucional comparado y a partir de estos
mecanismos se estudiará en el contexto venezolano algunos de los elementos que
inciden en la vulneración de los Derechos Humanos a través del sistema
judicial, la protesta social, la crisis
económica, la violencia, la escasez de alimentos y medicinas.
Ahora bien, desde la muerte del presidente
Chávez, en marzo de 2013, comenzó a recrudecerse una agenda de carácter
trasgresor bajo la figura de protesta social que ha ocasionado un alto grado de
conflictividad en el país y desde las elecciones presidenciales del año 2013, se
instauró un ciclo violento de acciones colectivas que había sido pospuesto desde
los acontecimientos y procesos experimentados en el período 2002-2005. Lo que
afirma el hecho que existía después de ese período una paz inestable, que es
aquella donde no desaparecen las expresiones violentas del disenso y el
conflicto, pero las mismas son canalizadas institucionalmente. Desde ese
momento, las diferencias y tensiones, han sido manejadas en términos de
interacción política institucional, pero lo que experimentan los venezolanos
desde 2013, es una elevación del conflicto en formas muy violentas y en plena
vigencia.
Después de ese momento, surgen sujetos
desafiadores, expresados en posturas más extremas y violentas con su tesis de
la salida, hecha pública en febrero de 2014. Estos desafiadores, mostraron la
capacidad de apropiarse de una parte de la organización política opositora, con
suficientes personas que le dieron estructura organizativa con diversos
recursos, esos performances tomados de otros países con realidades sociales muy
diferentes al caso Venezolano, en ese contexto se incluyeron contiendas
conflictivas innovadoras, en términos de uso de violencia. Las estrategias como
el bloqueo de calles, ya existentes en repertorios anteriores, fueron elevadas
al máximo colocando alambres de púas, quitando alcantarillas, quemando persona
vivas y bienes materiales, destrozando plazas calles y aceras; en fin, incrementando
la violencia real existente, con el consecuente saldo de muertos (43 víctimas
de la violencia extrema, en la acción de la salida).
La contienda es trasgresora, pues
incorporó medios sin precedentes en la historia de la protesta social en el
país. Esas formas de violencia paramilitar, expresan además la influencia
externa, que deriva del interés geopolítico que representa Venezuela, por sus
reservas de petróleo y otros minerales valiosos. Al contrario de las tesis
oficiales de agentes del gobierno, la estrategia de una posible invasión, es el
último escenario más cercano, sentando las bases para fomentar la tesis de un
Estado Fallido (que internamente es incapaz de mantener el orden) y
externamente, es un Estado Forajido (violador de DDHH) por la violación esos
derechos.
Como parte de las consecuencias generadas
por la conflictividad social en el año 20017, se mantuvo un fuerte impacto en
materia económica debido a la caída de los precios del petróleo, la reducción
de las importaciones y exportaciones, la baja productividad en las industrias
de manera general, así como la poca emisión del dinero orgánico por parte del
Estado y su difícil acceso al dinero en efectivo, esto ha provocado una merma
en la economía nacional, trayendo como consecuencias desigualdades en la
población creando polos contrastantes de riquezas y pobrezas extremas en todo el país.
De igual modo se observa un incremento de
la violencia en la manifestaciones colectivas por parte de la sociedad y por parte del Estado que está obligado a
cumplir con el protocolo de uso proporcional de
la fuerza aunque en algunas ocasiones este protocolo no fue acatado a
cabalidad, teniendo como resultado muertes, heridos y hechos que han sido considerados como
violaciones de los Derechos Humanos, por otra parte el incremento de la escasez
a través del desabastecimiento de los rubros más importante de la dieta del
venezolano llegando a situaciones extremas, el desabastecimiento de las
medicinas generando frustración y originando conflictos que hicieron aparecer
nuevas formas de delitos y violencias.
Hechos como los anteriormente señalados
son de vital importancia en la escena global, ya que permiten un mejor
acercamiento a la situación que envuelve la violación y defensa de los Derechos
Humanos, los cuales según el estatuto de Roma y la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, una vez que son suscritos y ratificados por los Estados son
de extrema obligación por cuanto se
deben cumplir y hacerse cumplir por cualquier Estado e Institución en cualquier
lugar del mundo.
Conforme a lo que establece la Convención
y Tratados Universales de los Derechos
Humanos y por lo consagrado en la Constitución vigente corresponde al Estado respetar los Derechos Humanos, debido a que
sus instituciones y funcionarios son lo que deben velar y aplicar las normas,
procedimientos y garantías de cada uno de los derechos conforme a lo
establecido en la normativa nacional e internacional.
Observando la situación desde una óptica
positiva, el Estado está en la obligación de cumplir y de hacer cumplir los innumerables
Tratados, Convenios y Pactos en aras de procurar la protección de los Derechos
Humanos de los ciudadanos.
Sin lugar a dudas existe por parte del
Estado el deber de tomar en cuenta los
Derechos Humanos, ya que estos son la máxima garantía de la que se vale un
hombre para evitar los abusos de otros y así garantizar un estado de paz y
respeto en la sociedad, sin embargo, siempre se deben defender y proteger a
toda costa para asegurar su cumplimiento.
En atención a todo lo expresado
anteriormente, la Constitución vigente responde a los criterios de una carta
moderna y adecuada a los preceptos de la Declaración Universales de los
Derechos Humanos, conquistando fundamentalmente la aparición del cargo público
como el Defensor de Pueblo y a su vez aumentado los Derechos de nuestros
indígenas, los derechos políticos, económicos sociales, familiares, del
trabajo y salud de todos los ciudadanos, que en
contraste con la realidad se hace necesario propiciar los medios para
que estos Derechos Humanos puedan ser mejorados en el tiempo e ir promoviendo
el desarrollo y recursos de organizaciones sociales garantizando a sus
ciudadanos el efectivo acceso a la jurisdicción del Estado.
De igual manera se debe promover, educar,
defender y difundir la libertad y la dignidad humana, estudiar el contexto
social para identificar los elementos que inciden en el desarrollo de la
protesta social, apoyar y socializar a la comunidad, a la sociedad civil,
instituciones, organismos gubernamentales y no gubernamentales, instituciones
educativas en la compresión y en la búsqueda de la dignidad humana y en donde
sus integrantes tengan calidad de vida, la plena vigencia de sus Derechos Humanos y el acceso a estos a
través de los órganos jurisdiccionales del Estado, en virtud que el Estado es
el responsable de implementar y ejecutar políticas adecuadas para la prevención
del delito y ofrecer seguridad a sus ciudadano y a sus bienes.
En fin los Derechos Humanos permiten el
perfecto engranaje de la sociedad para garantizar las libertades a sus ciudadanos
y la correcta condena a delitos que puedan perjudicar las libertades del hombre
de manera injusta.
Abg. Miriam Montes Chirguita

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